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Inicio Medio Ambiente

Un acontecimiento histórico: 22 de Abril de 2021, entra en vigor el Acuerdo de Escazú

Juan Cruz Linari Por Juan Cruz Linari
23/04/2021
en Medio Ambiente
Tiempo de lectura:4 minutos de lectura
1
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Tal como suele suceder en estas fechas desde el año 2009, la atención de la prensa mundial suele posarse en los enérgicos y emotivos discursos de los diferentes referentes y líderes del mundo respecto al cambio climático. Palabras como “compromiso”, “pacto”, “responsabilidad”, “trabajando juntos” y “acciones inmediatas”, invaden el aire y nos llenan de esperanza respecto a que el día de mañana podemos vivir mejor.  O simplemente nos divertimos viendo como los mandatarios se acusan entre sí. Sin embargo, el día de hoy podemos decir que se nos pasó algo por alto. Algo verdaderamente importante y que puede llegar a cambiar muchas cosas. El día de hoy, tras alcanzar los requisitos establecidos en su artículo 22, entrará en vigor el Acuerdo de Escazú. Pero ¿Qué es el Acuerdo de Escazú? ¿Por qué es tan importante? Comencemos por el principio.

El acuerdo de Escazú, llamado oficialmente Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe, adoptado el 4 de Marzo de 2018 en Escazú, Costa Rica, tiene como objetivo garantizar la implementación plena y efectiva de los derechos de acceso a la información ambiental, participación pública en los procesos de toma de decisiones ambientales y acceso a la justicia en asuntos ambientales, así como la creación y el fortalecimiento de las capacidades y la cooperación, contribuyendo a la protección del derecho de cada persona, de las generaciones presentes y futuras, a vivir en un medio ambiente sano y al desarrollo sostenible. 

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Pero, además de esto ¿Por qué es tan especial? En primer lugar, porque es el único acuerdo vinculante emanado de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Desarrollo Sostenible (Río+20). En segundo lugar, porque es  el primer acuerdo regional ambiental de América Latina y el Caribe, estando abierto a los 33 países de la región. Y en tercer lugar, porque es el primero en el mundo en contener disposiciones específicas sobre defensores de derechos humanos en asuntos ambientales.

¿Cuáles son los países implicados hasta el momento? Actualmente son 24 países contratantes: Antigua y Barbuda, Argentina, Belice, Bolivia, Brasil, Colombia, Costa Rica, Dominica, Ecuador, Granada, Guatemala, Guyana, Haití, Jamaica, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, República Dominicana, San Vicente y las Granadinas, Saint Kitts y Nevis, Santa Lucía y Uruguay. De los cuales 12 son estados parte: Antigua y Barbuda, Argentina, Bolivia, Ecuador, Guyana, México, Nicaragua, Panamá, San Vicente y las Granadinas, Saint Kitts y Nevis, Santa Lucía y Uruguay.

¿Cuál es la diferencia entre un estado parte y un estado contratante? Para no entrar en cuestiones de Derecho Internacional, simplemente diremos que un estado parte es aquel que está obligado por el tratado y los otros todavía no. 

Una vez que entendemos esto cabe preguntarnos ¿Qué dice el acuerdo? Podemos resumir esto en 3 artículos:

El artículo 5 referido al acceso a la información ambiental, que dice: “Cada Parte deberá garantizar el derecho del público de acceder a la información ambiental que está en su poder, bajo su control o custodia, de acuerdo con el principio de máxima publicidad”. ¿Qué implica esto? Supongamos que una persona desea conocer los informes de impacto ambiental de una empresa minera. Como ciudadano de un estado parte va a tener  derecho de solicitarlo, sin necesidad de dar un motivo.

El artículo 7, referido a la participación pública en los procesos de toma de decisiones ambientales, que dice: “Cada Parte deberá asegurar el derecho de participación del público y, para ello, se compromete a implementar una participación abierta e inclusiva en los procesos de toma de decisiones ambientales, sobre la base de los marcos normativos interno e internacional”

Y el artículo 8 referido al acceso a la justicia en asuntos ambientales, que dice:  “Cada Parte garantizará el derecho a acceder a la justicia en asuntos ambientales de acuerdo con las garantías del debido proceso”.

En síntesis ¿Qué es el Acuerdo de Escazú?  El acuerdo de Escazú es una herramienta judicial que le va a permitir a los ciudadanos de los países parte poder proteger el patrimonio natural de su Nación frente a cualquier abuso de este. Pensemos por ejemplo en los Kilómetros de bosque quemados. Les va a permitir tomar decisiones frente a esto sin poder ser excluidos. Pensemos en la cantidad de ocasiones que las comunidades locales fueron desplazadas o simplemente no fueron consultadas cada vez que llegaba una empresa a extraer recursos. Pero sobre todo, les va a permitir defender su derecho humano a un ambiente sano. 

A partir de ayer, 22 de Abril de 2021, se fortaleció la Democracia Ambiental. Y eso, es algo histórico. 

Te puede interesar: 22 de abril de 2015 – A 6 años del Acuerdo de París ¿Qué cambió y qué cambiará?

Etiquetas: ambienteCambio climáticoCarta AmbientalEscazúmedio ambiente
Juan Cruz Linari

Juan Cruz Linari

Estudiante de la Licenciatura en Ciencia Política y Relaciones Internacionales por la Universidad Austral. Co-Fundador de Raíces Democráticas. Investigador en cuestiones relativas a las políticas publicas, Democracia y asuntos estratégicos.

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Comentarios 1

  1. Natalia Beretta says:
    hace 5 años

    Excelente!!

    Responder

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