El Gobierno de Javier Milei envió al Congreso un proyecto de Ley de Defensa de la Soberanía Nacional de 133 artículos que propone reemplazar completamente el régimen vigente para sancionar la explotación no autorizada de recursos naturales en las Islas Malvinas, Georgias del Sur, Sándwich del Sur y los espacios marítimos correspondientes. La iniciativa amplía las prohibiciones hacia accionistas, controlantes y proveedores, incorpora multas calculadas según el valor internacional del petróleo y establece para determinadas actividades penas que pueden alcanzar los 20 años de prisión.

El texto, firmado este 17 de septiembre por Milei junto con el jefe de Gabinete, Diego Santilli, y los ministros Pablo Quirno, Carlos Presti y Luis Caputo, va además mucho más allá del régimen económico vinculado con Malvinas. Crea un Sistema de Seguridad Nacional encabezado por el Presidente, establece nuevas reglas de actuación sobre los espacios aéreo y marítimo, regula la protección de infraestructura crítica, habilita medidas económicas urgentes frente a amenazas externas y modifica aspectos de las leyes de Defensa Nacional, Inteligencia y Financiamiento de los Partidos Políticos.
El proyecto todavía debe ser debatido y aprobado por el Congreso. Hasta entonces, las nuevas sanciones y facultades previstas en el articulado no se encuentran vigentes. Escenario Mundial había informado el 3 de septiembre que Milei preparaba esta nueva Ley de Defensa de la Soberanía Nacional, después de que el avance del proyecto petrolero Sea Lion llevara al Gobierno a anunciar una ampliación de su estrategia económica, jurídica y de seguridad alrededor de la disputa. Dos semanas después, el texto completo permite medir por primera vez hasta dónde pretende llevarla.
De los hidrocarburos a todos los recursos naturales
El primer cambio es sustancial. La actual Ley 26.659 está construida fundamentalmente alrededor de la exploración y explotación de hidrocarburos sin autorización argentina. El nuevo proyecto propone derogarla y reemplazarla por un régimen aplicable a cualquier actividad destinada al aprovechamiento de recursos naturales renovables o no renovables. La redacción incorpora de esta manera actividades que hasta ahora no estaban en el centro de la arquitectura sancionatoria, entre ellas la pesca.
La ampliación confirma uno de los movimientos que Escenario Mundial había adelantado esta semana al revelar que el Gobierno estudiaba extender las sanciones por Malvinas desde el petróleo hacia el sector pesquero. El alcance del artículo 3 es todavía mayor. El proyecto no sólo prohíbe desarrollar directamente actividades de explotación sin autorización argentina. También alcanza a quienes realicen operaciones económicas, financieras, logísticas, técnicas o de consultoría consideradas esenciales e indispensables para la ejecución de esos proyectos.

También quedan expresamente contemplados los socios y accionistas directos, así como los controlantes directos o indirectos y aquellos que tengan capacidad para influir de manera determinante sobre las decisiones de las compañías involucradas. Eso transforma en texto legislativo la lógica que el Gobierno comenzó a aplicar durante septiembre, cuando los procedimientos abiertos alrededor de Sea Lion empezaron a extenderse desde Navitas Petroleum y Rockhopper hacia proveedores, fondos de inversión y estructuras accionarias.
Multas de hasta 500.000 barriles e inhabilitaciones por 20 años
El proyecto cambia además la escala de las sanciones administrativas. Las infracciones podrán ser castigadas con una multa equivalente a entre 4.000 y 500.000 barriles de petróleo WTI, utilizando la cotización vigente al momento de imponerse la sanción. La Autoridad de Aplicación podrá combinar esa multa con la suspensión o cancelación de habilitaciones vigentes ante autoridades argentinas y con una inhabilitación de entre cinco y 20 años.
El impacto de esta última sanción puede ser particularmente amplio para compañías internacionales que mantengan negocios simultáneamente en Argentina. La inhabilitación implicaría la prohibición de desarrollar actividades económicas dentro del país, la revocación de permisos y concesiones, el cese de beneficios fiscales o previsionales y la rescisión de contratos ejecutados total o parcialmente en territorio argentino o vinculados con bienes situados en el país.
El proyecto contempla un período de salida ordenada de entre 30 y 180 días para proteger trabajadores, acreedores, servicios de interés general y terceros de buena fe. Además, una vez incorporado un infractor al registro público previsto por la futura ley, ni el Estado nacional, las provincias, los municipios ni las empresas que desarrollen actividades económicas organizadas en Argentina podrán contratar con él.
Penas de hasta 20 años para determinadas actividades petroleras
La iniciativa endurece simultáneamente el componente penal. Los proveedores que, con conocimiento de la actividad desarrollada, suministren un bien o servicio considerado esencial e indispensable para determinadas operaciones podrán enfrentar penas de cinco a siete años de prisión. Quienes realicen sin autorización argentina tareas de prospección o exploración de hidrocarburos en las áreas alcanzadas podrán recibir penas de 12 a 15 años. Para la exploración o explotación de recursos naturales no renovables, la escala sube hasta 12 a 20 años. Y quienes participen en la extracción de hidrocarburos, su transporte o almacenamiento podrán afrontar entre 15 y 20 años de prisión, además de multas equivalentes a entre 150.000 y tres millones de barriles de petróleo.
La distinción resulta importante: la ampliación hacia recursos renovables como la pesca es clara dentro del régimen administrativo, pero las figuras penales de prisión más severas están redactadas específicamente alrededor de hidrocarburos y otros recursos no renovables. El proyecto también establece sanciones para las personas jurídicas y permite alcanzar a directores, gerentes, administradores, representantes y otras autoridades que hayan intervenido en los hechos. Incluso incorpora mecanismos destinados a impedir que una reorganización societaria permita extinguir la responsabilidad. Fusiones, escisiones, transferencias de activos o cambios de estructura no eliminarán las consecuencias cuando continúe sustancialmente la misma actividad económica.

Las empresas podrán retirarse y reconvertir sus inversiones
El texto incorpora al mismo tiempo una vía de salida. El denominado Régimen de Desistimiento y Regularización permitirá que una persona o empresa involucrada en actividades prohibidas solicite regularizar su situación si demuestra que dejó de realizarlas y se compromete a no reincidir. Para acceder deberá optar entre pagar una suma establecida por la ley o reconvertir la inversión hacia actividades lícitas desarrolladas en territorio argentino.
Las escalas también estarán expresadas en barriles de petróleo y variarán según el tipo de actividad y el grado de participación. Una vez cumplido el pago o ejecutada la inversión comprometida, el proyecto prevé el archivo de las actuaciones administrativas, la eliminación definitiva del registro de infractores y, cuando corresponda, la extinción de la acción penal. El mecanismo revela uno de los objetivos centrales del diseño: no solamente castigar a las empresas involucradas, sino crear un incentivo económico concreto para que abandonen actividades que Argentina considera realizadas sin su autorización.
Un Consejo de Seguridad Nacional bajo conducción presidencial
Pero Malvinas representa solamente el primer título de una ley mucho más extensa. El proyecto crea un Sistema de Seguridad Nacional que integrará de manera coordinada las funciones diplomática, económica, cibernética, de Defensa, jurídica y de Inteligencia, además de la protección de infraestructura crítica y de la soberanía nacional.
El nuevo Consejo de Seguridad Nacional será presidido por el Presidente e integrado permanentemente por el jefe de Gabinete, los ministros de Relaciones Exteriores, Defensa y Economía, el secretario de Inteligencia de Estado y el titular de la Secretaría Legal y Técnica.

Este organismo tendrá a su cargo elaborar la futura Política de Seguridad Nacional, que servirá como marco para otras cuatro políticas sectoriales: Defensa Nacional, Economía para la Seguridad Nacional, Diplomacia para la Seguridad Nacional e Inteligencia Nacional.
La dimensión de ese cambio ya había sido señalada por Escenario Mundial al analizar el 9 de septiembre qué elementos de la estrategia anunciada por Milei eran realmente nuevos y cuáles retomaban instrumentos preexistentes. El texto confirma ahora que el Consejo no estará limitado a Malvinas: pretende convertirse en el órgano rector de una arquitectura nacional mucho más amplia.
Bloqueo de activos, operaciones financieras y comercio exterior
Otro bloque particularmente relevante aparece en el régimen general frente a amenazas a la Seguridad Nacional. El Consejo podrá abrir procedimientos contra personas humanas o jurídicas que, actuando por cuenta, bajo control, financiamiento o en beneficio de un Estado u organización extranjera, participen en determinadas acciones contra la integridad territorial, el proceso decisorio de las autoridades o infraestructura crítica.
Ante un riesgo grave e inminente, el proyecto permite aplicar medidas urgentes incluso antes de completar el procedimiento administrativo. Entre ellas aparecen la restricción temporal de operaciones cambiarias, transferencias y pagos financieros; limitaciones a importaciones y exportaciones; bloqueo de fondos y activos; suspensión de autorizaciones y concesiones; restricciones para contratar con el Estado y aumento temporal de derechos de importación o exportación.
En este último caso, la alícuota podría alcanzar hasta el 75%. Son herramientas diferentes del régimen específico sobre Malvinas y podrían aplicarse dentro del sistema general de Seguridad Nacional si se cumplen las condiciones previstas por la futura ley.
Una modificación amplia de la Ley de Defensa Nacional
El proyecto también modifica la definición central de Defensa Nacional contenida en la Ley 23.554. La nueva redacción propone que la Defensa comprenda la respuesta frente a riesgos, amenazas y desafíos de origen externo, estatales o no estatales, cinéticos o no cinéticos. También incorpora expresamente entre sus funciones la protección de infraestructura crítica declarada de interés nacional.
Las Fuerzas Armadas deberían estar preparadas para operaciones convencionales y no convencionales, misiones militares distintas de la guerra, operaciones de paz, asistencia humanitaria y, cuando corresponda, protección de esas infraestructuras críticas. La iniciativa mantiene así el requisito de un origen externo para las amenazas comprendidas dentro de Defensa, aunque amplía considerablemente el universo de actores y formas mediante las cuales pueden manifestarse.

Inteligencia, influencia extranjera y terrorismo
Los últimos títulos agregan otra serie de modificaciones. El proyecto restringe el financiamiento y la participación de extranjeros sin residencia permanente y personas jurídicas extranjeras en actividades de campaña electoral o propaganda, e incorpora nuevas figuras penales vinculadas con espionaje, operaciones clandestinas de inteligencia y determinadas acciones financiadas por Estados u organizaciones extranjeras.
También eleva a rango legal el Registro Público de Personas y Entidades vinculadas a actos de Terrorismo y su Financiamiento (RePET), que quedaría bajo la Unidad de Información Financiera. El esquema contempla inmovilización de bienes, restricciones económicas y financieras, prohibiciones para contratar con el Estado y mecanismos para alcanzar estructuras utilizadas para ocultar beneficiarios finales o evitar las medidas. En materia de Inteligencia, la futura Política de Inteligencia Nacional deberá ajustarse a los lineamientos de la Política de Seguridad Nacional y ser aprobada por el nuevo Consejo.
De Sea Lion a una reforma institucional mucho más amplia
El punto de partida político de este proyecto fue Malvinas y, particularmente, el avance de Sea Lion. Pero el articulado que llegó al Congreso terminó desbordando ampliamente ese conflicto. El Título I construye un nuevo régimen destinado a elevar el costo económico, administrativo y penal de participar en actividades que Argentina considera contrarias a sus derechos soberanos sobre las islas y sus espacios marítimos. Ese régimen ahora alcanza recursos renovables como la pesca, profundiza la persecución sobre proveedores y estructuras accionarias y crea incentivos para que las empresas abandonen esas actividades.
Los otros siete títulos utilizan esa iniciativa para impulsar una transformación institucional mucho mayor: un Consejo de Seguridad Nacional, nuevas reglas para el empleo de la fuerza, protección de infraestructura crítica, instrumentos de coerción económica, cambios en la Ley de Defensa y nuevas disposiciones sobre inteligencia e influencia extranjera.
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