La Ley 27.671, sancionada el 15 de julio de 2022, estableciรณ la obligatoria, periรณdica y permanente capacitaciรณn en la Cuestiรณn de las Islas Malvinas de todas las personas que se desempeรฑen en la funciรณn pรบblica en todos sus niveles y jerarquรญas en los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Naciรณn; aunque, a nuestro entender, errรณneamente, esta ley refiera a ยซla situaciรณn colonial en la que se encuentran las Islas Malvinas, Georgias del Sur   y Sรกndwich del Sur (en adelante Malvinas) y los espacios marรญtimos correspondientes, parte integrante del territorio argentino, que desde 1833 son objeto de una disputa de soberanรญa entre la Argentina y el Reino Unido, reconocida por la Asamblea General de las Naciones Unidasยป, cuando debieran resaltarse, lisa y llanamente, los derechos soberanos de la Argentina de esos territorios y reclamar al Reino Unido de Gran Bretaรฑa e Irlanda del Norte (en adelante el Reino Unido) la devoluciรณn de Malvinas, ademรกs de la Antรกrtida y sus aguas y la plataforma continental extendida (espacios que no se indican); en un todo de acuerdo, a la Res. 1514 (XV) del 14/12/1960 de la Asamblea General 947.ยช de las Naciones Unidas que, en especial prescribe: ยซโ€ฆ todos los pueblos tienen un derecho inalienable (โ€ฆ) al ejercicio de su soberanรญa y a la integridad de su territorio nacional (que) la sujeciรณn de pueblos a una subyugaciรณn, dominaciรณn y explotaciรณn extranjeras constituye una denegaciรณn de los derechos humanos fundamentales, es contraria a la Carta de las Naciones Unidas y compromete la causa de la paz y de la cooperaciรณn mundiales (que) deberรก cesar toda acciรณn armada o toda medida represiva de cualquier รญndole dirigida contra ellos, y respetarse la integridad de su territorio nacional (que) todo intento encaminado a quebrantar total o parcialmente la unidad nacional y la integridad territorial de un paรญs es incompatible con los propรณsitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas (y que) todos los Estados deberรกn observar fiel y estrictamente las disposiciones de la Carta de las Naciones Unidas (โ€ฆ) sobre la base de la igualdad, de la no intervenciรณn en los asuntos internos de los demรกs Estados y del respeto de los derechos soberanos de todos los pueblos y de su integridad territorialยป.

No se trata entonces de una disputa, sino de la apropiaciรณn prepotente del Reino Unido de espacios insulares y marรญtimos que forman parte indivisible del territorio argentino y, de la explotaciรณn de sus recursos naturales, que cercena la soberanรญa nacional y empobrece al pueblo argentino.

Segรบn la Corte Internacional de Justicia ยซUna disputa legal internacional se puede definir como un desacuerdo sobre una cuestiรณn de derecho o de hecho, un conflicto o un choque de puntos de vista o intereses legalesยป (Manual sobre la aceptaciรณn de la jurisdicciรณn de la Corte Internacional de Justicia, 2017-2023) y, segรบn  la RAE โ€œdisputarโ€, que proviene del latรญn โ€œdisputareโ€, define esta palabra โ€œcomo examinar punto por punto una cuestiรณn; exponer razonadamente algo o, controvertirโ€ y, sรญ โ€œla disputaโ€ es una controversia; es decir, una discusiรณn reiterada entre dos o mรกs que defienden opiniones contrarias y, si la Argentina aceptase el alcance de este significado etimolรณgico, le estarรญa quitando la contundencia que se expresa con una energรญa que no da lugar a la discusiรณn y, la certeza de la convicciรณn expuesta en la Disposiciรณn Transitaria Primera de la Constituciรณn Nacional que reza: ยซLa Naciรณn Argentina ratifica su legรญtima e imprescriptible soberanรญa sobre las islas Malvinas, Georgias del Sur y Sรกndwich del Sur y los espacios marรญtimos e insulares correspondientes, por ser parte integrante del territorio nacional. La recuperaciรณn de dichos territorios y el ejercicio pleno de la soberanรญa, respetando el modo de vida de sus habitantes, y conforme a los principios del Derecho Internacional, constituyen un objetivo permanente e irrenunciable del pueblo argentinoยป.

La soberanรญa nacional estรก mรกs allรก de la disputa que reconoce la Res. ONU 2065/65 (XX) pese a la ocupaciรณn britรกnica; ya que lo que debe exigir la Argentina es su ejercicio pleno cercenado por esta potencia extrajera. No estรกn en discusiรณn posiciones contrarias, se debe reclamar la devoluciรณn de los archipiรฉlagos y aguas ocupadas, ademรกs de llevar adelante otras medidas activas, no bรฉlicas, que la Secretarรญa de Malvinas no lleva, destinadas a debilitar la posiciรณn del Reino Unido en Malvinas y recuperar el territorio usurpado.

La capacitaciรณn tampoco puede limitarse a detallar antecedentes y derechos como menciona el artรญculo 6ยบ de la Ley, sino en avanzar en explicitar quรฉ representa polรญtica, estratรฉgica, econรณmica, social y territorialmente, para los argentinos, la apropiaciรณn del Reino Unido de estos importantes espacios nacionales.

Refiere la Ley 27.671 en su artรญculo 3ยบ que la capacitaciรณn estarรก en manos de la Autoridad de Aplicaciรณn y, el Decreto 720/2022 establece que esta funciรณn estarรก en manos del Ministerio de Relaciones Exteriores a travรฉs de la Secretarรญa de Malvinas, Antรกrtida y Atlรกntico Sur, quien a un aรฑo de sancionada esta ley y a tres de aprobada la Ley 27.558 de creaciรณn del Consejo Nacional de Malvinas, que en su artรญculo 2ยบ establecรญa entre sus funciones la de ยซrealizar acciones destinadas a colaborar en la difusiรณn y promociรณn de los derechos argentinos sobre las Islas Malvinasโ€ฆยป; quien a la luz de los recientes hechos, donde la FIFA, con acuerdo de la AFA y el gobierno de Mendoza, resolviรณ tapar el cartel de la bandera nacional y la imagen de las Islas Malvinas, ademรกs de cambiar el nombre โ€œMalvinas Argentinasโ€ al estadio de Futbol elegido para jugar el Mundial de Sub 20 de futbol y en el Estadio del Bicentenario de San Juan se impedรญa el ingreso a personas con sรญmbolos referidos a Malvinas; lo que demostrando la inacciรณn o el fracaso de las acciones del gobierno en destacar e interiorizar la importancia de โ€œla Cuestiรณn Malvinasโ€ y, por el contrario, con criterio economicista, se banaliza la soberanรญa nacional, con total desprecio del mandato popular.

Paupรฉrrimo. Una verdadera muestra de sumisiรณn e inadmisible falta de difusiรณn nacional de los derechos argentinos sobre estos territorios nacionales y un exceso de facultades de instituciones internacionales y nacionales en cuestiones que violan la Constituciรณn Nacional. Resulta obvio, que no se ha cumplido con el artรญculo 4ยบ de la ley de Capacitaciรณn que refiere a incorporar tanto โ€œlas dimensiones de sensibilizaciรณn como de transmisiรณn de conocimientosโ€.

Al respecto, Ariel Rolfo (Palโ€™Sur, 27.5.2023) sostiene โ€œque la respuesta de la Secretaria de Malvinas respecto al ultraje a nuestros sรญmbolos fue correcta pero insuficiente ya que por competencia deberรญan haber hecho la denuncia por violaciรณn del Artรญculo 222ยบ del cรณdigo penal y, al no hacerlo estรกn siendo pasibles a la sanciรณn penal por el artรญculo 248ยบ del citado Cรณdigo, al configurarse la figura delictual de incumplimiento de los deberes de funcionario pรบblicoโ€.

Mientras esto ocurre en la Argentina y, en el marco de la inconducente polรญtica que lleva la Secretarรญa de Malvinas de la Cancillerรญa de promover el diรกlogo con los britรกnicos, cooperar unilateralmente con los isleรฑos y buscar apoyos teรณricos, el Reino no hace mรกs que avanzar sobre nuestros territorios y apropiarse de los recursos pesqueros, petroleros y gasรญferos. De los 11.410 Km2 de Malvinas que en 1982 invadรญa en Malvinas hoy ocupa 1.639.900 km2 de territorio insular y marรญtimo argentino; construyen puertos; mejoran su logรญstica y las pistas de aterrizaje; modernizan el armamento militar; aumentan las relaciones con nuestros vecinos Brasil, Chile y Uruguay; optimizan sus relaciones societarias con Espaรฑa para favorecer el ingreso de los productos pesqueros sin arancel a la Uniรณn Europea; otorgan licencias pesqueras con las que se apropian de 250.000 toneladas por aรฑo por un valor en el comercio final de orden de los 6.000 millones de dรณlares; empresas inglesas realizan exploraciones pesqueras en el รกrea de Malvinas y la Zona Econรณmica Exclusiva Argentina; la empresa Borders & Southern Petroleum (B&S) desarrolla el concepto de condensado de gas cuyo proyecto inicial de 640 millones de U$S permitirรญa recuperar la inversiรณn dentro del primero o segundo aรฑo de producciรณn segรบn el precio del petrรณleo y, la embajada britรกnica en la Argentina pretende culturizar nuestro pueblo invitando a jรณvenes argentinos a โ€œvisitar sus vecinos los isleรฑosโ€ o enseรฑarle inglรฉs a los catamarqueรฑos, como si el Estado argentino no tuviera capacidad de hacerlo.  

Tal vez serรญa bueno, empezar por capacitar a la Autoridad de Aplicaciรณn, si es que no queremos que la ignorancia someta a los pueblos a la colonizaciรณn, a la expoliaciรณn de sus recursos esenciales y a la consecuente pobreza.

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Cรฉsar Lerena
Experto en Atlรกntico Sur y Pesca, ex Secretario de Estado, ex Secretario de Bienestar Social (Ctes) ex Profesor Universidad UNNE y FASTA, Ex Asesor en la H Cรกmara de Diputados y el Senado de la Naciรณn, Consultor, autor de 24 libros (entre ellos "Atlรกntico Sur, Malvinas y Reforma Federal Pesquera", 2019).

1 COMENTARIO

  1. Hace mรกs de dos siglos que somos un paรญs genuflexo (del latรญn: de rodillas) frente a Gran Bretaรฑa.

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