El Gobierno liderado por Javier Milei ha presentado modificaciones al proyecto de la Ley Ómnibus, proponiendo cambios sustanciales en la normativa y alterando las intenciones de privatizar empresas vinculadas al sector energético nacional. Estas reformas, enviadas al Congreso, plantean un nuevo escenario para empresas estatales estratégicas y sugieren transformaciones en el sector energético.

El presidente argentino, Javier Milei, ha remitido al Congreso las modificaciones al proyecto de la Ley Ómnibus, buscando alterar aspectos clave de la normativa y cambiar las perspectivas de privatización de empresas vinculadas al sector energético nacional. Este proyecto, denominado “Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los argentinos”, incorpora reformas significativas en consonancia en distintos sectores estratégicos del Estado Nacional.

Eliminación de YPF y privatización parcial

Una de las modificaciones más destacadas es la eliminación de YPF del listado de empresas sujetas a privatización. Esta decisión marca un cambio importante en las intenciones originales del proyecto, reflejando una consideración específica para la empresa.

Además, para entidades como Nucleoeléctrica y ARSAT, se ha establecido que el Estado solo puede proceder con una privatización parcial. Esta medida implica que el control de estas empresas deberá ser mantenido por el Estado, introduciendo un matiz esencial en la estrategia de privatización.

Participación de la Comisión Bicameral de Privatizaciones

Otro cambio crucial es la incorporación explícita de la participación de la Comisión Bicameral de Privatizaciones de la Ley N° 23.696. Esta adición busca asegurar una supervisión efectiva de los trámites relacionados con la privatización, enfatizando la transparencia y el escrutinio legislativo en el proceso.

Eliminación del Artículo 9: ajustes en la facultad ejecutiva para enajenar participaciones

El artículo 9, que facultaba al Poder Ejecutivo nacional a enajenar participaciones accionarias o de capital en empresas privadas, ha sido eliminado. Este cambio implica una revisión de la facultad ejecutiva y establece limitaciones más claras en el proceso de enajenación, ajustándolo a los procedimientos definidos en el Capítulo II de la Ley N° 23.696.

Mantenimiento del Poder de Veto en Nucleoeléctrica

Se ha ampliado la redacción del artículo 35 de la Ley N° 24.804 para mantener el poder de veto en decisiones específicas de Nucleoeléctrica Argentina Sociedad Anónima. Esta medida garantiza que el Estado Nacional conserve una acción con derecho a veto, especialmente en situaciones críticas, como la ampliación de capacidad, la salida de servicio de centrales nucleoeléctricas y la incorporación de nuevos accionistas.

Eliminación del Artículo 11

El artículo 11, que originalmente planteaba la constitución de sociedades anónimas con el Poder Ejecutivo, conservando una acción con derecho a veto en decisiones de cierre, ha sido eliminado. Sin embargo, se mantiene la obligación del Estado de tener una acción con derecho a veto para decisiones que impliquen el cierre de la actividad, según el nuevo artículo 37 de la Ley N° 24.804.

Estos ajustes en el Proyecto de Ley Ómnibus reflejan un enfoque más matizado y específico en las estrategias de privatización y control estatal. La eliminación de YPF, la limitación de privatización parcial y las modificaciones en el poder de veto apuntan a un equilibrio cuidadoso entre la apertura al sector privado y la retención del control estatal. A medida que este proyecto avance en el Congreso, se anticipa un debate profundo sobre estos cambios y sus implicaciones a largo plazo.

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Redacción
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