El pasado 3 de mayo del 2022, el pleno del Parlamento Europeo, mantuvo una sesión en Estrasburgo (Francia) y aprobó la petición para reformar su ley electoral. ¿En qué consiste? La misma implica crear una circunscripción paneuropea de 28 eurodiputados – llamada listas transnacionales – a la que la ciudadanía pueda votar junto a una lista nacional en las próximas elecciones al Parlamento Europeo de 2024.

Esta petición se produjo a partir de la aprobación de un informe de iniciativa legislativa elaborado por el socialista español Domènec Ruiz Devesa, en la que se propone una reforma de la Ley Electoral Europea. El documento (no vinculante), aprobado por 323 votos a favor, 262 en contra y 48 abstenciones, afirma que es esencial transformar los comicios de la UE “en una única elección europea, […] en lugar de 27 elecciones nacionales separadas, que es la forma en que se organizan en la actualidad”.

A su vez, el responsable de la petición, Ruiz Devesa, hizo una consideración adicional:  “Se europeizará la campaña electoral y se conseguirá visibilizar y empoderar a los partidos políticos europeos los debates electorales sobre cuestiones nacionales“.

En caso de salir adelante, la ciudadanía europea podrá emitir dos votos el día de las elecciones europeas. Uno para elegir eurodiputados en las circunscripciones nacionales y otro para elegir a los 28 de circunscripción de la Unión. De todos modos, para salir adelante tendría que dar el visto favorable el Consejo (órgano que representa a los Estados miembros). En ese caso, la Eurocámara pasaría de tener 705 a 733 escaños de cara a las próximas elecciones del año 2024. Y, por otra parte, para lograr garantizar la representación geográfica adecuada, los Estados miembros tendrían que dividirse en tres bloques, en función de su población, de modo tal de representar proporcionalmente las regiones.

Empero, hay que tener en cuenta que las reformas de la Ley Electoral Europea se encuentran sujetas a un procedimiento especial de toma de decisiones al interior del Parlamento europeo. Lo que, en otras palabras, vuelve difícil que se llegue a la instancia de adopción visto y considerando el resultado de la votación del día de hoy.

En ese sentido, el Parlamento Europeo elabora la propuesta y el Consejo (los Gobiernos) están habilitados a modificarla. A su vez, el Consejo debe adoptar el texto por unanimidad tras obtener la aprobación del Parlamento Europeo. Lo que significa que todos los países de la UE tienen que refrendar positivamente las disposiciones antes de que puedan entrar en vigor. Si tomamos en cuenta la votación que dio lugar a la aprobación en el pleno de Estrasburgo, podría parecer improbable que prospere.

Por otra parte, hay algunos datos adicionales para destacar. En primer lugar, esta comprende una propuesta legislativa de alto voltaje para reformar la ley electoral europea. Ello es porque incluye también la creación de un umbral del 3,5 % de los votos para los países con más de 60 escaños (España tiene 59; por el momento el cambio solo afectaría a Alemania, Francia e Italia) y el establecimiento del 9 de mayo, día de Europa, como jornada electoral en todos los Estados miembros.

En segunda instancia, la propuesta se introduce en el rango etario a partir del cual la ciudadanía de la UE tiene edad para votar o presentarse a elecciones. En ese marco, la recomendación que surge desde el Parlamento es que el derecho a sufragar sea a partir de los 16 años, mientras que la habilitación para presentarse a elecciones sea en tanto mayores de 18 años.

Habemus precedentes

En primer instancia, cabe destacar que una propuesta anterior de listas transnacionales antes de las elecciones europeas de 2019 no recibió el apoyo de los jefes de Estado y de Gobierno de la UE. En lo que respecta a las críticas, las mismas se vinculan con aspecto normativos y procedimentales.

En ese sentido, la resonancia sobre las listas transnacionales fue de la insipiencia del vicepresidente del PE, Georgios Anastassopoulos. Luego, fue retomada en 2010 por el liberal británico Andrew Duff. Más cercano en el tiempo, se trató de Emmanuel Macron o Jean-Claude Juncker han retomado su figura. El basamento para traer este tipo de listas a la agenda radica en la relevancia que cobró la participación de la ciudadanía europea, en detrimento de la tradición en la cual las decisiones estaban supeditadas a un grupo reducido de funcionarios.

Importante es el hecho de que, hoy por hoy, la reforma electoral podría servir de refuerzo para la democracia europea y legitimaría aún más la elección del presidente de la Comisión. ¿Cabe hacerse la pregunta de por qué podría suceder? Ya que el encargado de nombra al presidente de la Comisión es el Consejo Europeo. La polémica surge a raíz de que, a diferencia del 2014, cuando fue electo presidente Jean-Claude Juncker por el Partido Popular Europeo, en la elección más reciente (2019), los líderes de la UE nombraron a Ursula von der Leyen, cuando no había sido el grupo popular más votado. Lo que hubiera correspondido es que Manfred Weber sea electo el presidente de la Comisión.

En ese marco, bien lo retrata el Tratado de Lisboa, cuyas líneas sentaron las bases de la democracia representativa como principio fundamental. En esa dirección, introdujeron como novedad que el PE estaría, a partir de ese momento, compuesto por “representantes de los ciudadanos de la Unión” (artículo 14.2 del Tratado de la Unión Europea) y no por “representantes de los pueblos de los estados“.

Empero, esa proyección de inter-gubernamentalismo redundó, con el pasar de los años, en una visible desafección y desapego en varias de las ciudadanías de las naciones parte de la Unión. Lo cual, se puede reflejar en la oportunidad que representó este escenario para que aflore el euroescepticismo, la eurofobia y los personajes antisistema que sobrecargan de propaganda y promesas vacías el espacio público.

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