Por Ana Clara Schettini (Politólogos Al Whisky) – 26/10/2020

El domingo 25 de octubre de 2020 fue un día histórico para Chile en muchos sentidos. El pueblo tuvo la oportunidad de decidir – a través de un plebiscito vinculante –  si se daría una nueva Constitución que reemplace la heredada por el régimen pinochetista y mediante qué órgano lo haría.

Quién participaba del proceso plebiscitario se encontraba con dos preguntas: “¿Quiere usted una Nueva Constitución?” y “¿Qué tipo de órgano debería redactar la Nueva Constitución?”. En la primera pregunta podía elegirse entre “Apruebo” y ”Rechazo” y en la segunda por “Convención Mixta Constitucional y “Convención Constitucional”.

Con niveles de participación históricos y un total de 99.85% de las mesas escrutadas, la opción por el “Apruebo” gana por una contundente mayoría: 78.27% de los votos – contra un 21,73% de votos a favor del “Rechazo” – según datos oficiales del Servicio Electoral de Chile (SERVEL) . 

¿Y ahora? Pasos a seguir

El plebiscito de octubre fue sólo el puntapié inicial del nuevo proceso constitucional que atravesará Chile por los próximos dos años. El siguiente paso es la conformación del órgano que será el encargado de la redacción de la nueva ley fundamental. Las urnas dieron por ganadora la opción por una Convención Constitucional (78.99%) frente a una Convención Mixta Constitucional (21.01%). ¿Qué implica esto?

La Convención estará compuesta por un total de 155 miembros que serán electos por votación popular en un nuevo plebiscito el 11 de abril de 2021, siguiendo el mismo método utilizado para la elección de los miembros del Congreso Nacional. Se estipula que el órgano deberá quedar conformado para mayo del mismo año.

Algo a destacar es que deberá respetarse una estricta paridad de género en la conformación del órgano, lo que implica que hayan 77 (o 78) mujeres y 77 (o 78) hombres. Por lo que el máximo de personas de un mismo género aceptable será de la mitad + 1, dado que el número total de constituyentes es impar. Esto es un importante avance en la línea de la paridad de género, al considerarla desde el origen mismo de la Constitución que corona el ordenamiento jurídico chileno.

Ahora bien, podrán postularse como constituyentes las personas mayores de 18 años, chilenos/as, los/las nacidos/as en el extranjero que son chilenos/as y las personas que hayan sido nacionalizadas, pero sólo si son residentes hace mas de un año en Chile. Asimismo, todos aquellos/as funcionarios/as judiciales, del Ministerio Público, de Fuerzas Armadas y de orden que quieran postularse deberán cesar en sus cargos al inscribir su candidatura. Finalmente, ningún convencional podrá postularse a cargos electivos hasta concluido un año del cese de su función en la Convención.

El proceso finalizaría con un tercer plebiscito vinculante previsto para el segundo semestre de 2022, pasados 60 días de la finalización de su elaboración. Este  plebiscito de salida no podrá celebrarse en enero ni en febrero, antes de 60 días de una elección ni en los 60 días posteriores a una elección. Esto se aclara debido a que el 21 de noviembre de 2021 se celebrarán las elecciones presidenciales en Chile y se busca evitar que el proceso constitucional sea “manchado” por la carrera electoral. En caso de tener un resultado positivo, se derogaría la Constitución anterior y se daría vigencia a la nueva de manera inmediata.

A destacar: Participación electoral

En Chile se ha dado una disminución sistemática de la participación electoral desde la década de los noventa. Sin embargo, la tendencia se acentuó luego de que en 2012 se aprobara el voto voluntario (Ríos, 2017). Si bien los casos más drásticos son las elecciones municipales -que, por ejemplo, tuvieron un 36% de participación en 2016-, las elecciones presidenciales de 2017 no se quedaron atrás al computar una muy baja concurrencia: según datos oficiales del Servicio Electoral de Chile, sólo sufragó un 46.65% de la población habilitada para hacerlo. 

Si bien la participación en este plebiscito no fue particularmente numerosa, si es verdad que presentó una concurrencia mayor a lo normal. Con un 50.9% de participación se podría abrir el debate en torno a varios interrogantes: ¿es algo excepcional o nos encontramos con el inicio de una tendencia al alza? ¿Significa esto una reconstrucción de la confianza en las instituciones políticas? ¿Se mantendrá el número a lo largo de todo el proceso constitucional? 

Más allá de todos los análisis posibles, lo cierto es que estamos siendo testigos de un evento histórico para la región que fue golpeada casi en su totalidad por procesos dictatoriales durante el siglo pasado. Chile ha dado un nuevo paso en el fortalecimiento de su sistema democrático y en la reivindicación de los derechos humanos, dejando atrás el oscuro legado de la dictadura de Augusto Pinochet.  

Referencias

Ríos, M. (2017). Diagnóstico sobre la Participación Electoral en Chile. Proyecto Fomentando la Participación Electoral en Chile. Edited by Programa De Las Naciones Unidas Para El Desarrollo (PNUD). Santiago de Chile.

Ana Clara Schettini
Estudiante avanzada de Ciencia Política (Universidad Católica de Córdoba). Miembro de Politólogos al Whisky

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