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Inicio Regiones América Latina

La estrategia del Consejo Nacional de Malvinas – Parte 1

César Lerena Por César Lerena
12/02/2021
en América Latina, En Conflicto, Opinión
Tiempo de lectura:9 minutos de lectura
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Para que podamos imaginarnos qué política puede diseñar el Consejo Nacional de Malvinas (el día que se ponga en funciones), trataré de analizar el perfil de sus integrantes.


Iniciaré la saga con el experto en derecho internacional público Dr. Marcelo Kohen, y tendré en cuenta para ello, sus declaraciones a Infobae, del 22/3/2018, que adquieren hoy especial significación como miembro del Consejo Nacional de Malvinas.
Coincido con Kohen que es necesario tener un plan a la hora de llevar adelante un hipotético encuentro para negociar, no ya sobre la soberanía, que es innegociable por lo prescripto en la Constitución Nacional, sino, sobre la forma que el Reino Unido cesaría su ocupación en Malvinas; aunque, no deja de llamarme la atención la ventilación que hace de los pormenores.

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La pregunta que uno debería hacerle -al ahora miembro del Consejo Nacional- es, si esta propuesta -que incluso explicitó ante los isleños- sigue estando vigente, porque en toda negociación, como en el juego de truco, uno no debe mostrar todas sus cartas y, él, ya ha dicho a los cuatro vientos, cuánto estaría dispuesto a ceder y, por cierto, en varias de sus concesiones estoy en total desacuerdo.


Por cierto, que una cosa es ser un libre pensador frente a una cátedra (como Kohen) y otra un negociador del gobierno. Los especialistas o expertos no necesariamente deben ser los que fijan las políticas, sino que son aquellos que dan sustento técnico a aquellas tácticas destinadas a cumplir con la estrategia ya explicitada en la Constitución.


Vemos entonces que, contrariamente a lo que manifiesta Kohen, en la Argentina sí hay una “Política de Estado” y es la que se indica en la Disposición Transitoria Primera de nuestra Carta Magna: «La Nación Argentina ratifica su legítima e imprescriptible soberanía sobre las islas Malvinas, Georgias del Sur y Sándwich del Sur y los espacios marítimos e insulares correspondientes, por ser parte integrante del territorio nacional.


La recuperación de dichos territorios y el ejercicio pleno de la soberanía, respetando el modo de vida de sus habitantes, y conforme a los principios del Derecho Internacional, constituyen un objetivo permanente e irrenunciable del pueblo argentino». El problema, en todo caso, es que en varios de los gobiernos desde 1994 a la fecha, se han apartado de este objetivo.


A esta altura, la pregunta que se hace Kohen de ¿qué pasaría si mañana el Reino Unido accediera al pedido argentino de “negociar” que se repite desde hace 36 años? parece extemporánea, ya que, para formulársela, el gobierno argentino debiera transitar previamente varias cuestiones, de modo de no llegar a ese momento en la situación de extrema y creciente debilidad en la que se encuentra: no podemos olvidar que el Reino Unido violenta la Res. 2065 (XX) ONU del 16/12/1965, donde la Asamblea invitó «a los Gobiernos de Argentina y el Reino Unido (…) a proseguir sin demora las negociaciones…»; la Res. 1514 (XV) ONU del 14/12/1960, en especial los párrafos 1ro. y 6to. donde la Asamblea Gral declara que: «1. La sujeción de pueblos a una subyugación, dominación y explotación extranjeras constituye una denegación de los derechos humanos fundamentales, es contraria a la Carta de las Naciones Unidas y compromete la causa de la paz y de la cooperación mundiales (…) 6.


Todo intento encaminado a quebrantar total o parcialmente la unidad nacional y la integridad territorial de un país es incompatible con los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas»; y también, la Res. 31/49 ONU del 1/12/ 1976 donde la Asamblea Gral declara que: «4. Insta a las dos partes a que se abstengan de adoptar decisiones que entrañen la introducción de modificaciones unilaterales en la situación mientras las Islas están atravesando por el proceso recomendado en las resoluciones arriba mencionadas».


Es en la elaboración de las tácticas previas, donde el Consejo de Malvinas debiera trabajar. «La carencia argentina de una propuesta concreta hace que el vacío se llene con las ideas más recalcitrantes» dice Kohen, aunque, mostrar a los isleños británicos, en este estado de cosas, una posición absolutamente concedente, me permite imaginar que las eventuales contraofertas significarían una cesión aún mayor a la que ya se propicia, a mi juicio inaceptable.


Respecto a la propuesta de Kohen de escindir las Malvinas de la Provincia de Tierra del Fuego, fundado en lo dispuesto en el art. 2º de la Ley 23.775 (provincialización del 26/4/1990) parece incompatible con lo prescripto en el art. 13º de la Constitución Nacional y los art. 1º, 2º, 81º y 87º de la Constitución Provincial de Tierra del Fuego y su Disposición Transitoria Décimo Segunda donde «La Provincia reivindica la plenitud de sus derechos jurisdiccionales, económicos, políticos y sociales y denunciará los pactos, tratados, contratos y convenios firmados con anterioridad a la asunción de las primeras autoridades provinciales constitucionales, en tanto no se ajusten a los principios de esta Constitución o afecten sus intereses» y, el art. 14º de la propia Ley 23.775 que establece: «Las normas del territorio nacional de la Tierra del Fuego vigentes a la fecha de promulgación de la presente ley, mantendrán su validez en el nuevo estado, mientras no fueren derogadas o modificadas por la Constitución de la nueva provincia, la presente ley, o la Legislatura provincial, en cuanto sean compatibles con su autonomía».


Además de ello, ¿no escuchar la voluntad de los fueguinos respecto a separar de la Provincia de Tierra del Fuego a Malvinas? y, también, habría que preguntarse, ¿en qué estado quedarían las Georgias del Sur, Sándwich del Sur y la Antártida?
Por otra parte, juntar esta iniciativa de Kohen de escindir la Provincia con la que a la vez postula, de que transcurridos treinta años «organizar un referéndum para decidir si se mantiene la situación acordada o si los isleños pueden asumir una soberanía plena» es verdaderamente -con todo respeto- propia de un novato o una propuesta probritánica (aunque no haya sido su intención) porque dada a los isleños la autonomía territorial y económica; todos los beneficios relativos al modo de vida y reconociéndoles a los 30 años los derechos a su libre determinación y, siendo, las autoridades locales (su propuesta) quienes aceptarían la radicación o no de argentinos continentales en la isla, es obvio esperar que la mayoría de británicos radicados en Malvinas opten por su soberanía plena.


La unión de estas dos iniciativas de Kohen, es lisa y llanamente la entrega de las Islas a los británicos, quienes, por aplicación de la CONVEMAR, al día siguiente reivindicarán las 200 millas, la plataforma continental e insistirán con la proyección antártica. Un suicidio.


En la idea que propicia Kohen, de crear una nueva Provincia, debería aprobarse una Constitución; aprobar y/o ratificar las leyes existentes y, designar o dar continuidad de los jueces naturales, por lo cual, prever «un mecanismo de solución de controversias en caso de conflictos sobre la interpretación del acuerdo, que prevea la participación de los países garantes y a la Corte Internacional de Justicia como tribunal de alzada», carecería de sentido y debilitaría la posición soberana de Argentina.


Ya me he manifestado, por ejemplo, sobre mi posición contraria a «ir a través de la Asamblea General de las Naciones Unidas en Opinión Consultiva a la Corte Internacional de Justicia de la Haya para plantear nuestro caso, que, en este escenario, podría tener los mismos efectos nefastos que invadir Malvinas y ciertamente irreversibles».


Ahora, la propuesta de escisión de Kohen no es novedosa ya que el 24 de agosto de 2017 por Resolución 250/17 la Legislatura de la Provincia de Tierra del Fuego había «procedido a rechazar (Art.1º) categóricamente el proyecto “Provincia de Malvinas, Provincia 24” llevado a cabo por un grupo de periodistas egresados de la Universidad Nacional de la Plata, encabezados por el Lic. en Comunicación Social, Marcelo Constanzo y el Prof. Santiago Albarracín ganador del concurso nacional “Malvinas en la Universidad” organizado por el Ministerio de Educación de la Nación junto con la Secretaria de Asuntos Relativos a Malvinas del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de la Nación en el año 2015, en lo que respecta a promover que las Islas Malvinas se constituyan en una nueva Provincia resultando contrario al principio de integridad de nuestro Territorio provincial».


Además de ello, el rechazo del citado audiovisual lo efectuaron todos los partidos políticos de Tierra de Fuego y entre ellos el FPV y PJ y, lo notable, que -como refiere la Resolución- este proyecto fue premiado en el Programa de Investigación “Malvinas en la Universidad” organizado junto al Ministerio de Educación por la Secretaria de Asuntos Relativos a Malvinas, entonces presidida por el actual secretario de Malvinas Daniel Filmus.


Rara decisión (¿o no?), de Filmus de convocar al Prof. Kohen al «Consejo Nacional de Consejo Nacional de Asuntos Relativos a las Islas Malvinas, Georgias del Sur, Sándwich del Sur y los espacios marítimos correspondientes», a sabiendas, de las ideas que promueve y que tanto rechazo causaron en los fueguinos y -conocidos sus proyectos a nivel nacional- en muchos argentinos que trabajan para que la Argentina alcance el ejercicio pleno de la soberanía en Malvinas y, ello queda de manifiesto en el reciente artículo de Luciano Moreno Calderón «Una propuesta a medida del deseo kelper y los intereses británicos en el seno del Consejo Nacional de Malvinas», donde en forma muy fundada deja de manifiesto su indignación sobre el proyecto del Dr. Marcelo Kohen.
Por otra parte, el eslogan “soberanía argentina, autonomía isleña” con el que presenta Kohen el Plan parece muy atractivo; pero, como he dicho, a poco de andar se distorsiona totalmente la cuestión soberana, cuando les da a los isleños la posibilidad de «a los treinta años, organizar un referéndum».


Ello se agrava, cuando al referirse al régimen migratorio precisa que “La autoridad de la provincia decidirá quién puede residir ahí y quién no”. Además de contrario a la Constitución Nacional (Preámbulo, artículos 14º, 20º, 22º, 25º), con este mecanismo, todo será irreversible en treinta años.


«Respetar» el modo de vida de sus habitantes no puede implicar -de ningún modo- impedir los derechos del resto de los argentinos a transitar, radicarse, invertir, etc. en Malvinas, de otro modo se trataría de una soberanía quimérica. Kohen, apoyando la idea de que las autoridades de la Provincia sean quienes autoricen o no a residir en las Islas, manifiesta que “es una manera de preservar el modo de vida de sus habitantes”; pero, no se trata de “preservar” (conservar en su estado) sino de “respetar” las prácticas y costumbres habituales, es lógico suponer que con el correr de los años esos modos de vida se transfiguren, aunque conservando ciertos hábitos culturales, alimenticios, etc. como ha ocurrido con las distintas colectividades (galesas, irlandesas, inglesas, alemanas, italianas, españolas, etc.) radicadas en el continente argentino.


Hay muchas formas de “respetar” el modo de vida; entre otras, manteniendo el idioma inglés (junto al castellano, ambos deberían ser obligatorios en la educación). Nadie duda que Suiza es un país que mantiene sus costumbres, aunque los idiomas oficiales sean el alemán; el francés; el italiano y, el retorrománico.


También, otra forma de “respetar” el modo de vida, es mantener vigente toda la legislación respecto a la convivencia en los ámbitos urbanos y rurales, sin que ello implique no actualizarla conforme la evolución de la sociedad.


Una forma de “no respetar” los hábitos fue cambiar en 1982 la circulación obligatoria de los vehículos por la derecha en lugar de por la izquierda como era la costumbre inglesa en Malvinas, lo que provocó gran confusión entre los isleños.
Respecto a los nombres de los lugares, calles etc. es evidente que ello también pertenece al legado cultural; pero, todo tiene un límite, seguramente un monumento, calle o plaza con el nombre de Margaret Thatcher sería inaceptable.


Por naturaleza las personas suelen adoptarse a las comunidades en las que se radican y ello puede observarse perfectamente en los pueblos del interior respecto a los grandes conglomerados urbanos.


Finalmente, estoy absolutamente en contra de promover las Organizaciones Regionales de Ordenamiento Pesquero (OROP) que propicia Kohen, ya que son un instrumento destinado a que los Estados de Bandera se apropien de la administración de los recursos de los Estados ribereños y por cierto de fortalecer la posición británica en Malvinas.


Por supuesto, que la idea de avanzar en las negociaciones desde el Estado con los isleños que promueve este experto va en contra de todo lo sostenido hasta hoy por Argentina y lo que me pareció una idea imprudente en 2018, hoy adquiere una especial significación ya que el referido Marcelo Kohen, como sabemos, es uno de los principales asesores del secretario de Malvinas Daniel Filmus en el Consejo Nacional de Malvinas.

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Etiquetas: ArgentinaConsejo Nacional de MalvinasDaniel FilmusDr. Marcelo KohenestrategiaTierra del Fuego
César Lerena

César Lerena

Experto en Atlántico Sur y Pesca, ex Secretario de Estado, ex Secretario de Bienestar Social (Ctes) ex Profesor Universidad UNNE y FASTA, Ex Asesor en la H Cámara de Diputados y el Senado de la Nación, Consultor, autor de 24 libros (entre ellos "Atlántico Sur, Malvinas y Reforma Federal Pesquera", 2019).

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